Lucha contra la explotación infantil
“Se prohíbe el trabajo infantil. La edad mínima de admisión
al trabajo no podrá ser inferior a la edad en que concluye el período de
escolaridad obligatoria, sin perjuicio de disposiciones más favorables para los
jóvenes y salvo excepciones limitadas.
Los jóvenes admitidos a trabajar deberán disponer de condiciones de trabajo adaptadas
a su edad y estar protegidos contra la explotación económica o contra
cualquier trabajo que pueda ser perjudicial para su seguridad, su salud, su
desarrollo físico, psíquico, moral o social, o que pueda poner en peligro su
educación”Los jóvenes admitidos a trabajar deberán disponer de condiciones de trabajo adaptadas
La Unión Europea, UE, insta a todos los Estados miembros a
intensificar los esfuerzos para luchar contra el trabajo infantil dentro de las
fronteras comunitarias, al tiempo que solicita a los 28 la ratificación del
Convenio de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, sobre esta materia.